La pendiente resbaladiza

Todos conocemos cómo se saca un puesto de trabajo a concurso público cuando ya se tiene un candidato para el que está destinado. Se hace una convocatoria “a medida” en la que las habilidades y la experiencia previa que se demandan para el puesto son precisamente las que posee el candidato al que quieren colocar los convocantes del concurso. Naturalmente, este modo de proceder torticero pretende revestirse de neutralidad y objetividad. Pero previamente quien lo convoca se ha asegurado de que ningún otro candidato pueda reunir los requisitos que se exigen. Así se disfraza de concurso libre lo que en realidad es una designación a dedo.
Una amnistía es un procedimiento legal extraordinario para eximir de responsabilidad penal o civil a quienes hayan cometido cierto tipo de delitos en un determinado contexto. La amnistía afecta tanto a quienes hayan sido juzgados por esos delitos como a quienes todavía no lo hayan sido, en cuyo caso ya no podrán ser encausados. Se diferencia del indulto, que es el perdón total o parcial de una pena que ya ha sido impuesta. El indulto es personal y perdona la pena, y la amnistía es general y anula el delito. Una amnistía que se adapta a las características concretas de determinados individuos que supuestamente han delinquido, se convierte —como la convocatoria fraudulenta a la que aludíamos más arriba— en una especie de traje a medida, en un indulto camuflado que además borra la existencia del delito para los delincuentes.
Las sucesivas enmiendas a una ley de amnistía pensada para beneficiar a los independentistas catalanes que se saltaron la legalidad en los sucesos del llamado “procés” van en la dirección de que ninguno de los protagonistas de esos sucesos se quede fuera de la amnistía. Protegiéndolos incluso de algún juez especialmente beligerante que pretenda impedir ese beneficio penal. Después de que el juez García Castellón iniciase trámites para considerar terrorismo la conducta de algunos de los implicados en los sucesos que rodearon la declaración unilateral de independencia en Cataluña y la celebración del referéndum ilegal, el penúltimo movimiento en ese sentido ha sido incluir actos terroristas bajo el paraguas de esa ley de amnistía que impulsa el Gobierno. Como era muy difícil de digerir una amnistía que ampare actos de terrorismo, el Gobierno ha establecido sin empacho una distinción entre un terrorismo de baja intensidad —susceptible de ser amnistiado— y uno que “de forma manifiesta y con intención directa” haya causado “violaciones graves de derechos humanos”. Pura retórica barata. Pero incluso antes de que esa enmienda pactada por Junts, ERC y PSOE haya llegado a aprobarse, el pertinaz juez García Castellón ha dado otro paso más considerando la grave agresión sufrida por dos policías como acto “incompatible” con el artículo 2 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos (CEDH), lo que crea un nuevo escenario. Veremos si también si Junts y PSOE se aventuran por la senda de una nueva enmienda que neutralice la última alegación del juez García Castellón para seguir imputando a Puigdemont como responsable último de los CDR, autores de la agresión a los dos policías.
Hay dos aspectos completamente reprobables en esto que estamos denunciando. Primero, la elaboración de una ley a la que, a base de especificar condiciones particulares, solo le falta especificar nominalmente a los individuos a los que se pretende que beneficie. En segundo lugar, y relacionado con lo anterior, es inadmisible, en un auténtico estado de derecho, incluir los delitos de terrorismo en una amnistía.
El Gobierno ha ido deslizándose por una pendiente resbaladiza para conseguir que ERC y, sobre todo, Junts sigan acompañándolo y arropándolo a lo largo de la legislatura y no se le descuelguen en las sucesivas votaciones parlamentarias. No sé cuándo las concesiones al independentismo catalán han ido más allá de lo que sería recomendable en democracia y rentable en un medio plazo electoral, pero tengo muy claro que incluir el terrorismo —aún con esa escolástica distinción entre lo que atenta y lo que no contra el CEDH— en la lista de delitos amnistiables se sitúa definitivamente en una vía de no retorno. Cualquier demócrata cabal debe repudiar que el terrorismo, cualquier tipo de terrorismo, pueda ser amnistiado. Creo que el PSOE ha perdido el oremus cuando ha dado ese paso. Y peca también de falta de confianza en el estado de derecho al no confiar en que sean los tribunales —el poder judicial— los que finalmente distingan entre “graves alteraciones del orden público” y “actos terroristas”.
No sé si el Gobierno o el PSOE tienen capacidad de rectificar estos peligrosos errores. En todo caso, están consiguiendo que muchos que los habían acompañado hasta aquí sientan ya una creciente incomodidad en seguir mostrando su conformidad ante esta deriva.

Artículo aparecido en:
La Opinión de Murcia

Fecha publicación:
1/28/2024


Imprimir

 

Volver a página anterior